Impuestos en Colombia
Una guía de 2026 sobre residencia, impuesto sobre la renta y seguridad social, impuesto de sociedades, IVA, régimen SIMPLE, inmuebles y herencias, convenios fiscales y plazos.

Colombia grava a los residentes por su renta mundial con tasas progresivas de hasta el 39%, mientras que los no residentes pagan una tasa fija del 35% solo sobre la renta de fuente colombiana. Un extranjero pasa a ser residente después de pasar más de 183 días en el país dentro de cualquier período de 365 días.
Las tasas de impuestos de Colombia en 2026 de un vistazo
Una referencia rápida del Estatuto Tributario vigente, el código tributario principal de Colombia; los detalles y los ejemplos de cálculo siguen más abajo.
| Impuesto | Tasa 2026 | Quién paga y sobre qué |
|---|---|---|
| Impuesto sobre la renta de personas, residentes | 0-39% | Escala progresiva sobre la renta mundial; sin impuesto hasta 1.090 UVT al año (57,1 millones de pesos) |
| Impuesto sobre la renta de personas, no residentes | 35% | Tasa fija sobre la renta de fuente colombiana |
| Aportes del empleado | 8% + 1-2% | Pensión 4% y salud 4%; otro 1-2% al fondo de solidaridad pensional con salarios desde 4 salarios mínimos |
| Aportes del empleador | 20,5% + 9% + riesgos laborales | Pensión 12%, salud 8,5%, aportes parafiscales 9%, riesgos laborales 0,522-6,96%; con salarios inferiores a 10 salarios mínimos el empleador no paga el 8,5% ni 5 puntos del 9% |
| Impuesto de sociedades | 35% | Sociedades colombianas sobre la renta mundial; tasa mínima efectiva del 15% |
| Dividendos a no residentes | 20% | Retención en la fuente |
| IVA | 19% | Tasa general; 5% en bienes seleccionados; los restaurantes cobran en su lugar un impuesto al consumo del 8% |
| Ganancias ocasionales | 15% | Venta de activos poseídos 2 años o más, herencias, donaciones; loterías y premios, 20% |
| Impuesto al patrimonio | 0,5-1,5% | Personas con un patrimonio líquido de 72.000 UVT (3,77 mil millones de pesos) o más al 1 de enero |
| Régimen SIMPLE | desde el 1,2% | Impuesto único sobre los ingresos brutos para pequeñas empresas y trabajadores independientes residentes con ingresos inferiores a 100.000 UVT |
| Impuesto predial | 0,5-1,6% | Municipal, sobre el avalúo catastral |
| Gravamen a los movimientos financieros | 0,4% | 4 pesos por cada 1.000 pesos debitados de una cuenta |
Los umbrales se fijan en UVT (unidad de valor tributario). Para 2026, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) fijó 1 UVT en 52.374 pesos (49.799 pesos en 2025). El salario mínimo de 2026 subió un 23%, a 1.750.905 pesos; los umbrales de aportes son múltiplos de él.
Qué cambió. El Decreto de emergencia 1474 del 29 de diciembre de 2025 bajó el umbral del impuesto al patrimonio a 40.000 UVT con tasas de hasta el 5%, pero en abril de 2026 la Corte Constitucional lo anuló (sentencia C-079 de 2026). El Decreto 173 del 24 de febrero de 2026 creó un impuesto al patrimonio único para grandes empresas. Un nuevo Gobierno asumió el 7 de agosto de 2026 y hay una reforma tributaria en el Congreso, así que las tasas de 2027 pueden cambiar.
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Quién es residente fiscal en Colombia
Un residente fiscal paga impuestos por su renta mundial y declara sus bienes en todo el mundo; un no residente paga solo por la renta de fuente colombiana. Los criterios están en el artículo 10 del Estatuto Tributario, y basta con cumplir uno.
| Criterio | Cómo funciona |
|---|---|
| Más de 183 días | Presencia física de más de 183 días calendario, continuos o no, dentro de cualquier período de 365 días seguidos; cuentan los días de llegada y de salida |
| Período que abarca dos años | Si los 183 días caen en un período que abarca dos años calendario, la persona es residente desde el segundo año |
| Servicio exterior colombiano | Personas vinculadas al servicio diplomático de Colombia exentas de impuestos en el país anfitrión |
| Nacionales colombianos: familia | El cónyuge o los hijos menores dependientes son residentes fiscales colombianos |
| Nacionales colombianos: ingresos y bienes | El 50% o más de los ingresos es de fuente colombiana, o el 50% o más de los bienes se administra en Colombia, o el 50% o más de los bienes se considera poseído en Colombia |
| Nacionales colombianos: sin prueba | No acreditaron la residencia en otro lugar cuando la DIAN lo pidió, o residen en una jurisdicción de la lista colombiana de paraísos fiscales |
Para los extranjeros, el conteo de días es en la práctica el único criterio. El tipo de visa no importa: ni la visa de trabajo ni la visa de nómada digital tienen un régimen fiscal especial. El conteo se hace sobre cualquier período móvil de 365 días, así que el esquema de mitad aquí, mitad allá cae fácilmente en la residencia. El conteo de días y la doble residencia se explican en nuestro artículo sobre la regla de los 183 días.
La regla de los dos años en la práctica: si llegas el 1 de agosto de 2026 y te quedas, recién llegas a los 183 días en enero de 2027, así que la residencia empieza en 2027. Si llegas en febrero de 2026 y te quedas hasta diciembre, eres residente en 2026. No existe el año fiscal partido, así que cuenta con declarar la renta mundial de todo el año.
Otro matiz: el pago por un trabajo realizado físicamente en Colombia es renta de fuente colombiana aunque un empleador extranjero lo pague en una cuenta extranjera. Un no residente que trabaja a distancia desde Medellín, en el papel, obtiene renta colombiana.
Reglas de residencia fiscal en Colombia: cómo contar los 183 días
Colombia cuenta los días en una ventana móvil de 365 días e incluye los días de llegada y de salida (artículo 10 del Estatuto Tributario). El umbral es de más de 183 días. Si la ventana abarca dos años, eres residente en el segundo: cuatro meses al final de un año y tres al principio del siguiente te hacen residente en el año nuevo.
Un residente paga del 0 al 39% sobre su renta mundial, y un 15% sobre las ganancias de bienes poseídos dos años o más. La ley sujeta más a los ciudadanos colombianos: tener familia en el país o la mitad de los ingresos y bienes aquí los hace residentes. El Estatuto actúa como una abuela estricta: los nietos que se mudaron lejos siguen siendo suyos hasta que demuestran residencia en otro lugar. La calculadora de abajo encuentra tu ventana de 365 días con más días.
La ley no te impide acreditar el estatus por tu cuenta. Pero los errores salen más caros: una ventana entre dos años te hace residente antes de lo esperado, y la DIAN revisa las cuentas extranjeras de un residente mediante el intercambio automático de información. El acompañamiento de Murblz elimina esos riesgos: contamos los días, planificamos los viajes, obtenemos el certificado de residencia y aplicamos los convenios de doble imposición donde están vigentes. Garantizamos un trabajo profesional y un proceso transparente, y en la mayoría de los casos el resultado llega con la primera presentación.
Calculadora de 183 días
Calculadora de residencia fiscal para Colombia
Indica las fechas de tus viajes: la calculadora muestra si eres residente fiscal de Colombia hoy y a fin de año, y cuántos días te quedan hasta el umbral.
El cálculo por fechas necesita JavaScript. Abajo están las mismas reglas por país.
Impuesto sobre la renta de personas: escala progresiva del 0 al 39%
El impuesto sobre la renta de las personas sigue un sistema cedular: una cédula general (salario, honorarios, negocios, arriendos, intereses), pensiones y dividendos. Después de las deducciones, las cédulas se suman y tributan según la escala del artículo 241. Las ganancias ocasionales tributan aparte al 15%.
| Renta gravable anual, UVT | En pesos para 2026 | Tasa | Impuesto |
|---|---|---|---|
| Hasta 1.090 | hasta 57.087.660 | 0% | 0 |
| 1.090-1.700 | 57,1-89,0 millones | 19% | 19% del exceso sobre 1.090 UVT |
| 1.700-4.100 | 89,0-214,7 millones | 28% | 116 UVT + 28% del exceso sobre 1.700 UVT |
| 4.100-8.670 | 214,7-454,1 millones | 33% | 788 UVT + 33% del exceso sobre 4.100 UVT |
| 8.670-18.970 | 454,1-993,5 millones | 35% | 2.296 UVT + 35% del exceso sobre 8.670 UVT |
| 18.970-31.000 | de 993,5 millones a 1,62 mil millones | 37% | 5.901 UVT + 37% del exceso sobre 18.970 UVT |
| Más de 31.000 | más de 1,62 mil millones | 39% | 10.352 UVT + 39% del exceso sobre 31.000 UVT |
Son tasas marginales: el 39% se aplica solo a la parte de la renta por encima de 31.000 UVT. Como la escala está en UVT, cada año solo se mueven los umbrales en pesos.
Qué reduce la base
Los aportes obligatorios a pensión y salud no constituyen renta. Los demás beneficios comparten un tope común.
- El 25% de los ingresos laborales está exento, hasta 790 UVT al año (41.375.460 pesos en 2026). Los trabajadores independientes también pueden usarlo, pero deben elegir entre el 25% y sus costos reales.
- Tope general: las rentas exentas y las deducciones especiales juntas no pueden superar el 40% de los ingresos después de aportes, ni 1.340 UVT al año (70.181.160 pesos).
- Dependientes: además del tope, un empleado puede deducir 72 UVT por dependiente, hasta cuatro.
- Compras con factura electrónica: el 1% de las compras respaldadas con factura electrónica, hasta 240 UVT al año.
- Intereses de vivienda (hasta 1.200 UVT al año), planes de salud privados (hasta 16 UVT al mes), pensiones voluntarias y cuentas AFC de ahorro para vivienda, dentro de sus propios límites.
Pensiones, incluidas las extranjeras
Las pensiones tributan solo por la parte que supera 1.000 UVT al mes, 52.374.000 pesos en 2026. El artículo 206 extiende esto de forma expresa a las pensiones recibidas del exterior. Un jubilado con una pensión extranjera común difícilmente deberá impuesto colombiano por ella, pero igual debe declararla.
Dividendos
Los dividendos de sociedades colombianas tributan según la escala, pero los residentes tienen un descuento tributario del 19% sobre el monto que supera 1.090 UVT, y la sociedad retiene el 15% sobre la parte que supera 1.090 UVT como anticipo. Los dividendos de sociedades extranjeras también tributan según la escala, con descuento por el impuesto extranjero hasta el impuesto colombiano sobre la misma renta.
Aportes a la seguridad social y salario neto
La seguridad social cubre pensiones, salud (a través de una EPS) y riesgos laborales (ARL), más los aportes parafiscales del empleador a una caja de compensación familiar, al SENA (Servicio Nacional de Aprendizaje) y al ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar).
| Aporte | Empleado | Empleador |
|---|---|---|
| Pensión | 4% | 12% |
| Salud | 4% | 8,5%, pero no con salarios inferiores a 10 salarios mínimos |
| Fondo de solidaridad pensional | 1% con salarios desde 4 salarios mínimos, más 0,2-1% desde 16 salarios mínimos | no |
| Riesgos laborales (ARL) | no | 0,522-6,96% según la clase de riesgo |
| Caja de compensación familiar | no | 4% |
| SENA e ICBF | no | 2% + 3%, pero no con salarios inferiores a 10 salarios mínimos |
Los empleadores que pagan impuesto sobre la renta no pagan el 8,5% ni el 5% por el personal que gana menos de 10 salarios mínimos (17.509.050 pesos al mes en 2026). La base de aportes tiene un tope de 25 salarios mínimos (43.772.625 pesos). Con salario integral (desde 13 salarios mínimos), los aportes se aplican sobre el 70% del pago.
El 25 de agosto de 2026, la Corte Constitucional avaló la mayor parte de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024, sentencia C-264 de 2026) y devolvió algunos artículos al Congreso. Las disposiciones aprobadas deben entrar en vigor el 1 de abril de 2027, aunque Colpensiones pidió a la Corte aplazar la fecha a 2028. Según la ley, los aportes al fondo de solidaridad sobre los salarios más altos suben al 1,5-3%.
Según la Ley 100 de 1993, un empleado extranjero que ya tiene cobertura pensional en otro país puede quedar fuera del sistema pensional colombiano, siempre que lo documente.
Trabajadores independientes
Los trabajadores independientes pagan cada mes sobre una base del 40% de sus ingresos: 12,5% para salud y 16% para pensión, más el 1% al fondo de solidaridad cuando la base llega a 4 salarios mínimos. La base va de uno a 25 salarios mínimos; la ARL es obligatoria en contratos de prestación de servicios de más de un mes. Con 10 millones de pesos al mes, los aportes suman 1.140.000 pesos, el 11,4%.
Ejemplo: un salario de 10 millones de pesos al mes en una empresa privada
| Paso | Monto, pesos |
|---|---|
| Salario bruto | 10.000.000 |
| Pensión del empleado, 4% | 400.000 |
| Fondo de solidaridad pensional, 1% | 100.000 |
| Salud del empleado, 4% | 400.000 |
| Ingreso después de aportes obligatorios | 9.100.000 |
| 25% exento de los ingresos laborales | 2.275.000 |
| Base de retención (130,3 UVT) | 6.825.000 |
| Retención: 19% por encima de 95 UVT | unos 351.000 |
| Salario neto | unos 8.749.000 |
| Pensión a cargo del empleador, 12% | 1.200.000 |
| Caja de compensación 4% y ARL 0,522% | 452.200 |
| Provisiones de prima, cesantías, intereses y vacaciones | unos 2.183.000 |
| Costo total para el empleador | unos 13.835.000 |
La retención sigue la tabla mensual del artículo 383: nada hasta 95 UVT (4.975.530 pesos), 19% de 95 a 150 UVT, y luego 28%, 33%, 35%, 37% y 39%. El empleado pierde unos 1,25 millones de pesos, el 12,5% del bruto; el empleador no paga el 8,5% ni el 5% porque el salario es inferior a 10 salarios mínimos.
Además de los aportes, el empleador debe provisionar las prestaciones de ley: prima de servicios (un mes de salario al año), cesantías (otro mes al año, consignado en un fondo de cesantías), intereses del 12% anual sobre las cesantías y 15 días hábiles de vacaciones pagadas. El personal que gana hasta 2 salarios mínimos recibe además un auxilio de transporte de 249.095 pesos al mes en 2026.
Calculamos tus impuestos en línea
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Impuesto de sociedades y dividendos
Las sociedades colombianas, la mayoría de las veces una SAS (sociedad por acciones simplificada), pagan impuesto sobre la renta del 35% sobre su renta mundial. Las sociedades extranjeras y sus sucursales pagan la misma tasa sobre la renta de fuente colombiana. Nuestra página de registro de empresas explica cómo constituirla.
| Situación | Tasa |
|---|---|
| Tasa general | 35% |
| Tasa mínima de tributación | 15%: si la carga efectiva calculada es menor, la sociedad paga la diferencia |
| Bancos, aseguradoras y comisionistas con renta gravable desde 120.000 UVT | 35% + 5 puntos, hasta 2027 |
| Generadoras hidroeléctricas con renta gravable desde 30.000 UVT | 35% + 3 puntos, hasta 2026 |
| Extracción de petróleo y carbón | Sobretasa encima del 35% ligada a los precios internacionales, de hasta 15 puntos para el petróleo |
| Usuarios calificados de zonas francas | 20% sobre los ingresos de exportación si se cumplen las condiciones del régimen, 35% sobre el resto |
| Ganancias ocasionales de sociedades | 15% |
El año fiscal es el año calendario. Las sociedades llevan contabilidad según las normas internacionales de información financiera, emiten facturas electrónicas y presentan declaraciones de retención mensuales, así que el apoyo contable es imprescindible; los especialistas de Murblz lo organizan con socios locales, y nuestro servicio de auditoría e informes puede ayudar.
Dividendos
Los dividendos vuelven a tributar al repartirse, y el tratamiento depende de quién los recibe.
| Beneficiario | Impuesto |
|---|---|
| Sociedad colombiana | 10% de retención en la fuente; el descuento se traslada a la persona natural residente o al inversionista extranjero final |
| Persona natural residente | Escala de hasta el 39% con un descuento del 19% sobre el monto que supera 1.090 UVT; retención del 15% sobre el exceso de 1.090 UVT |
| Persona natural o sociedad no residente | 20% de retención en la fuente, salvo que un convenio fiscal fije una tasa menor |
| Utilidades que no tributaron en cabeza de la sociedad | Primero el 35% y luego la tasa del beneficiario sobre el resto; cerca del 48% en total para un no residente |
Para un dueño no residente que retira utilidades, la carga combinada es del 35% más el 20% del 65% restante, cerca del 48%. Es mucho incluso para la región; compara con los impuestos en México.
El impuesto al patrimonio único de 2026 para empresas
El Decreto 173 del 24 de febrero de 2026 (complementado por el Decreto 240) impuso un impuesto, solo para 2026, a las personas jurídicas con un patrimonio líquido de 200.000 UVT (10,47 mil millones de pesos) o más al 1 de marzo de 2026: 0,5%, o 1,6% para empresas financieras y extractivas, pagado el 1 de abril y el 4 de mayo. La Corte Constitucional lo está revisando y suspendió la segunda cuota solo para entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y sociedades en liquidación. Las pequeñas empresas no se ven afectadas.
Para la operación diaria, la empresa necesitará una cuenta empresarial local o en el exterior.
IVA del 19%, impuesto al consumo y umbral de inscripción
El IVA colombiano es el impuesto sobre las ventas. La tasa general del 19% (artículo 468) no cambió en 2026.
| Operación | Tasa |
|---|---|
| Tasa general | 19% |
| Bienes seleccionados, entre ellos algunos productos agrícolas y los vehículos eléctricos | 5% |
| Exportaciones de bienes y servicios, carne, huevos frescos, lácteos | 0% con derecho a recuperar el IVA pagado |
| Restaurantes, cafeterías, servicios de catering | 8% de impuesto nacional al consumo en lugar de IVA |
| Servicios de telefonía móvil | 4% de impuesto al consumo |
| Impuesto municipal de industria y comercio (ICA) | Normalmente 0,2-1% de los ingresos brutos, fijado por cada municipio |
| Gravamen a los movimientos financieros | 0,4% de los débitos en cuenta |
Quién debe inscribirse en el IVA
Las sociedades se inscriben con su primera operación gravada. Una persona natural puede quedar fuera del sistema (no responsable de IVA) solo si sus ingresos gravados del año anterior y del año en curso son inferiores a 3.500 UVT (183.309.000 pesos en 2026), con como máximo un local u oficina, sin franquicias ni actividad aduanera, sin ningún contrato gravado de 3.500 UVT o más, y con consignaciones bancarias de la actividad gravada inferiores a 3.500 UVT.
Las declaraciones de IVA son bimestrales para los grandes contribuyentes, los exportadores y quienes tuvieron ingresos de 92.000 UVT o más el año anterior; todos los demás declaran cada cuatro meses. Los responsables de IVA deben emitir facturas electrónicas a través del sistema de la DIAN.
Los proveedores extranjeros de servicios digitales a usuarios colombianos deben cobrar el 19% de IVA. Los servicios exportados tienen tasa cero con derecho a devolución si los papeles están en regla: un contrato, el uso del servicio en el exterior y la inscripción como exportador.
Gravamen a los movimientos financieros: 4 pesos por cada mil
El banco cobra este gravamen en cada débito: transferencias, retiros y pagos con tarjeta. Una cuenta de ahorros designada por persona está exenta hasta 350 UVT al mes (18.330.900 pesos en 2026). Las empresas pueden deducir la mitad del gravamen pagado. Los extranjeros pueden abrir una cuenta personal en Colombia, pero los bancos suelen pedir un documento de identidad colombiano.
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El régimen SIMPLE para emprendedores, trabajadores independientes y pequeñas empresas
Colombia no tiene un régimen especial para la tecnología, los extranjeros o los nómadas digitales. La principal alternativa para pequeñas empresas y trabajadores independientes es el Régimen Simple de Tributación, un impuesto único sobre los ingresos brutos que reemplaza el impuesto sobre la renta, el ICA y el impuesto al consumo de restaurantes, pero no el IVA ni la seguridad social.
Pueden acogerse los emprendedores individuales y las sociedades cuyos socios son personas naturales, colombianas o extranjeras, siempre que sean residentes fiscales en Colombia. Los ingresos brutos del año anterior deben ser inferiores a 100.000 UVT (5,24 mil millones de pesos). Los contribuyentes existentes se acogen hasta el último día hábil de febrero; los nuevos pueden elegirlo al inscribirse en el RUT. Una relación laboral encubierta con un solo cliente no califica.
| Actividad | Hasta 6.000 UVT | 6.000-15.000 UVT | 15.000-30.000 UVT | 30.000-100.000 UVT |
|---|---|---|---|---|
| Tiendas pequeñas, minimercados, peluquerías | 1,2% | 2,8% | 4,4% | 5,6% |
| Comercio, servicios técnicos, construcción, manufactura y otros | 1,6% | 2,0% | 3,5% | 4,5% |
| Expendio de comidas y transporte | 3,1% | 3,4% | 4,0% | 4,5% |
| Servicios profesionales, de consultoría y científicos | 5,9% | 7,3% | 12% | 14,5% |
En pesos de 2026, los límites de los tramos son 314,2 millones, 785,6 millones y 1,57 mil millones. La tasa se fija por los ingresos anuales y se aplica a todo el monto, no solo al exceso. Para los servicios profesionales, la sentencia C-540 de 2023 de la Corte Constitucional revivió la escala anterior del 5,9-14,5%; revisa en qué grupo cae tu código de actividad antes de acogerte. El expendio de comidas suma el impuesto al consumo del 8%. Las personas con ingresos de hasta 3.500 UVT pagan una vez al año; todos los demás hacen anticipos bimestrales.
Ejemplo: un consultor residente, régimen ordinario o SIMPLE
| Concepto | Ingresos de 120 millones de pesos al año | Ingresos de 600 millones de pesos al año |
|---|---|---|
| Aportes: 12,5% + 16% (y fondo de solidaridad) sobre una base del 40% | 13.680.000 | 70.800.000 |
| Impuesto sobre la renta, régimen ordinario, con la exención del 25% | unos 4.304.000 (3,6% de los ingresos) | unos 132.060.000 (22% de los ingresos) |
| SIMPLE, grupo de servicios profesionales | 5,9% = 7.080.000 | 7,3% = 43.800.000 |
La respuesta no es obvia. Con ingresos modestos, el régimen ordinario con su exención del 25% suele ser más barato, aunque el SIMPLE incluya el ICA. A medida que crecen los ingresos, la escala supera al SIMPLE, y con cientos de millones de pesos la diferencia se multiplica. Haz tus propias cuentas, incluido el ICA de tu ciudad.
Inmuebles, vehículos, herencias, ganancias ocasionales y criptomonedas
Impuesto predial y compra de inmuebles
El impuesto predial unificado lo cobra el municipio sobre el avalúo catastral, del 5 al 16 por mil, o el 0,5-1,6% al año, más para los lotes urbanos sin construir. Cada municipio fija su tasa según el estrato, el uso y el valor.
Al comprar pagas el impuesto de registro (departamental, 0,5-1%), los derechos notariales y, en inmuebles caros, el impuesto de timbre: 1,5% sobre la parte del precio entre 20.000 y 50.000 UVT y 3% por encima de 50.000 UVT. En 2026, 20.000 UVT son 1,05 mil millones de pesos, así que los apartamentos comunes no pagan timbre. Los ingresos por arriendo tributan con la escala general. Más en nuestra página de inmuebles de inversión en Colombia.
Ganancias ocasionales, herencias y donaciones
No hay un impuesto independiente a las herencias o donaciones. Las herencias, las donaciones y las ganancias de activos poseídos 2 años o más son ganancias ocasionales que tributan al 15%; las tenencias más cortas van a la escala de hasta el 39%, y las loterías pagan el 20%.
| Beneficio en ganancias ocasionales | Monto | En pesos para 2026 |
|---|---|---|
| Ganancia por la venta de tu vivienda, si el dinero va a una cuenta AFC y se usa en otra vivienda o en un crédito hipotecario | primeras 5.000 UVT de ganancia | 261.870.000 |
| Vivienda heredada del causante | primeras 13.000 UVT de valor | 680.862.000 |
| Otros inmuebles heredados | primeras 6.500 UVT | 340.431.000 |
| Porción del cónyuge y de cada heredero | primeras 3.250 UVT | 170.215.500 |
| Donaciones, y herencias a personas fuera de los herederos forzosos | 20% del valor, hasta 1.625 UVT | hasta 85.107.750 |
Impuesto al patrimonio de las personas
El impuesto al patrimonio se aplica a las personas cuyo patrimonio líquido al 1 de enero es de 72.000 UVT o más (3.770.928.000 pesos en 2026); los no residentes pagan por sus bienes en Colombia. Se excluyen las primeras 12.000 UVT de la vivienda principal (628.488.000 pesos).
| Patrimonio líquido, UVT | Tasa marginal |
|---|---|
| Hasta 72.000 | 0% |
| 72.000-122.000 | 0,5% |
| 122.000-239.000 | 1% |
| Más de 239.000 | 1,5% |
En 2026, la primera cuota venció del 12 al 26 de mayo y la segunda, el 14 de septiembre. El umbral de 40.000 UVT y las tasas de hasta el 5% del Decreto 1474 no se aplican. El tramo del 1,5% es temporal: desde 2027 la tasa máxima baja al 1%.
Impuesto vehicular
El impuesto vehicular lo cobran los departamentos sobre el valor comercial del vehículo según una tabla oficial, del 1,5% al 3,5% según el valor. Para los vehículos eléctricos, la ley limita la tasa al 1%.
Criptomonedas
No hay un impuesto específico a las criptomonedas: la DIAN las trata como un activo intangible que se incluye en la declaración. Las ganancias de monedas poseídas 2 años o más tributan al 15%; las tenencias de corto plazo, la compraventa habitual o la minería van a la escala de hasta el 39%. El 31 de octubre de 2024, Colombia firmó el acuerdo de la OCDE para intercambiar datos sobre criptoactivos. Más en nuestro artículo sobre criptomonedas e impuestos al mudarte.
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No residentes y retenciones en la fuente
Una persona natural no residente paga una tasa fija del 35% sobre la renta de fuente colombiana, sin escala progresiva ni tramo exento. Los profesores extranjeros contratados por universidades por hasta 182 días pagan el 7%. Un no residente no tiene que declarar si todos sus ingresos tuvieron retención.
| Pago a un no residente | Tasa de retención |
|---|---|
| Dividendos | 20% |
| Intereses, honorarios, regalías, arriendos, servicios personales, software | 20% |
| Consultoría, servicios técnicos y asistencia técnica, en Colombia o desde el exterior | 20% |
| Intereses de créditos externos a 1 año o más | 15% |
| Pagos por administración o dirección | 33% |
| Ventas y servicios de empresas con presencia económica significativa en Colombia | 10% de retención, o 3% de los ingresos brutos si se elige |
| Ganancias ocasionales | 15% |
La regla de presencia económica significativa se aplica desde 2024 y apunta a los negocios digitales sin oficina en Colombia que venden a clientes colombianos: o se retiene el 10% de cada pago, o el negocio se inscribe y paga el 3% de sus ingresos brutos.
Los no residentes con bienes en Colombia pagan predial, impuesto al patrimonio sobre tenencias grandes y el 15% al vender. Los convenios fiscales bajan las tasas de retención solo cuando el beneficiario presenta un certificado de residencia fiscal.
Convenios para evitar la doble imposición: ninguno con Rusia
La DIAN registra 13 convenios bilaterales vigentes más la Decisión 578 de la Comunidad Andina, que abarca Bolivia, Ecuador y Perú. No hay convenio con Rusia ni con ningún otro país de la antigua Unión Soviética.
| País | Situación |
|---|---|
| Rusia, Kazajistán, Bielorrusia, Armenia, Georgia y otros países de la antigua Unión Soviética | Sin convenio |
| España | Vigente desde 2008 |
| Chile | Vigente desde 2009 |
| Suiza, Canadá | Vigente desde 2012 |
| México | Vigente desde 2013 |
| India, Corea del Sur | Vigente desde 2014 |
| Portugal, República Checa | Vigente desde 2015 |
| Reino Unido | Vigente desde 2019 |
| Italia | Vigente desde 2021 |
| Francia, Japón | Vigente desde 2022 |
| Bolivia, Ecuador, Perú | Decisión 578 de la Comunidad Andina, desde 2005 |
| Emiratos Árabes Unidos, Brasil, Países Bajos, Uruguay, Luxemburgo | Firmados, pero no figuran en la lista de convenios vigentes de la DIAN |
| Estados Unidos, Alemania, Argentina | Sin convenio |
Sin convenio, el alivio llega solo por la ley interna. Un residente colombiano puede descontar el impuesto sobre la renta pagado en el exterior, pero solo hasta el impuesto colombiano sobre la misma renta; los descuentos no usados pueden trasladarse a años siguientes, pero solo contra el impuesto colombiano sobre rentas extranjeras del mismo tipo. Con ingresos de Rusia, por ejemplo, esto significa que el pagador ruso retiene con las tasas rusas para no residentes, Colombia grava la misma renta con su propia escala, y el impuesto ruso que supera al colombiano normalmente se pierde. No hay tasas de retención reducidas sobre dividendos, intereses o regalías.
Esto pesa sobre todo en los arriendos de un apartamento en un país sin convenio, los dividendos de empresas de ese país y la venta de inmuebles allí: un residente debe declarar todo en Colombia, convertido a pesos, con prueba documental del impuesto pagado en el exterior. Para comparar con la región, mira los impuestos en Brasil y los impuestos en Argentina, o la lista completa en nuestra página de impuestos por país.
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Declaración, plazos y qué puede salir mal
| Qué | Plazo en 2026 |
|---|---|
| Declaración de renta de personas de 2025 | Del 12 de agosto al 26 de octubre, según los dos últimos dígitos del NIT; en las zonas afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026 (Cali, Pereira, Manizales, Armenia y otras), algunos grupos de NIT tienen plazo hasta el 13 de noviembre (Decreto 1226 de 2026) |
| Declaración de activos en el exterior | Con la declaración de renta, si los activos en el exterior al 1 de enero de 2026 superan 2.000 UVT (104.748.000 pesos) |
| Impuesto al patrimonio de personas | Declaración y primera cuota del 12 al 26 de mayo, segunda cuota el 14 de septiembre |
| Declaración anual del SIMPLE de 2025 | Del 20 al 24 de abril |
| Acogerse al SIMPLE para el año en curso | Hasta el último día hábil de febrero |
| Impuesto de sociedades de 2025 | Dos cuotas: del 12 al 26 de mayo y del 9 al 23 de julio; los grandes contribuyentes pagan tres cuotas de febrero a junio |
| IVA | Cada dos o cuatro meses, según los ingresos |
| Retenciones en la fuente y seguridad social | Mensual |
Una persona natural debe declarar si sus ingresos anuales llegaron a 1.400 UVT, su patrimonio al 31 de diciembre superó 4.500 UVT, sus consumos con tarjeta, compras o consignaciones llegaron a 1.400 UVT, o si es responsable de IVA. La declaración de 2025 usa la UVT de 2025: 69.718.600 pesos y 224.095.500 pesos. Los residentes también cuentan los ingresos y bienes del exterior.
Declarar tarde cuesta el 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes, con un tope del 100% del impuesto, más intereses. Si no hay impuesto a cargo, la sanción es del 0,5% de los ingresos brutos por mes, con límites. Una declaración de activos en el exterior tardía cuesta el 0,5% del valor de los activos por mes si se presenta antes de que la DIAN emita un emplazamiento. La sanción mínima es de 10 UVT, 523.740 pesos en 2026.
A quién puede no convenirle Colombia
A quien cuenta con la tributación territorial. Los residentes pagan impuestos por su renta mundial de hasta el 39%. No hay tributación por remesas ni un régimen para nuevos residentes como el de España o Portugal.
A quien tiene ingresos y bienes en países sin convenio, como Rusia. No hay convenio, el descuento tiene como tope el impuesto colombiano y parte del impuesto extranjero puede simplemente perderse.
A los dueños de sociedades extranjeras. Los residentes están sujetos al régimen de entidades controladas del exterior: las rentas pasivas de una sociedad extranjera controlada por residentes colombianos pueden gravarse de inmediato en cabeza del dueño, sin ningún dividendo.
A los nómadas digitales con planes a largo plazo. La visa no protege de la residencia, y el trabajo hecho en Colombia es, técnicamente, renta de fuente colombiana desde el primer día.
A quien valora la estabilidad de las reglas. Solo 2026 trajo un decreto tributario de emergencia y su anulación, un segundo impuesto de emergencia a las empresas, un salto del 23% del salario mínimo y un cambio de Gobierno. Revisa cada cifra con la ley vigente.
A quien no está listo para los trámites. El RUT, la facturación electrónica, los aportes mensuales y las múltiples declaraciones exigen apoyo contable incluso para un negocio pequeño. Los especialistas de Murblz se ocupan de la parte legal, y la página de Colombia ofrece un panorama del país.
Tu carga fiscal real depende de tu estatus, de la composición de tus ingresos y del régimen que elijas; revisamos tu situación en una consulta gratuita.
Preguntas frecuentes
Cuál es la tasa del impuesto sobre la renta en Colombia en 2026?
Quién es residente fiscal en Colombia?
Cuál es la tasa del IVA en Colombia en 2026?
Cuál es la tasa del impuesto de sociedades en Colombia?
Cuántos impuestos paga un trabajador independiente en Colombia?
Pagan impuestos en Colombia los nómadas digitales?
Tiene Colombia un convenio para evitar la doble imposición con Rusia?
Cómo tributan las herencias y la venta de inmuebles en Colombia?
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